El pasado 19 de octubre de 2016 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dictó sentencia acordando desestimar la demanda interpuesta por la Sección Sindical del PDI del Sindicato Andaluz de Trabajadores/as (SAT-US PDI) sobre el trato desigual que sufren los Profesores Sustitutos Interinos de las Universidades Andaluzas al no serles reconocido el Complemento de Doctorado.
El Complemento de Doctorado se preceptúa como un plus de calidad por la titulación adicional que se posee y se reconoce y abona tras haber alcanzado dicho reconocimiento. Es por este motivo por el cual las únicas figuras laborales de PDI que cobran este complemento son aquellas para las que la obtención del título de doctor no es requisito de acceso. Así ocurre en el caso del PDI Asociado y PDI Colaborador que sí cobran el Complemento de Doctorado. ¿Por qué motivos no va a recibirlo el Profesorado Sustituto Interino cuando se encuentra en la misma situación? El título de doctor no es requisito para su acceso y, sin embargo, quien lo ostenta contribuye con una mejora en la calidad de nuestras Universidades.
Además, desde el SAT-US PDI se considera que ninguna razón objetiva existe para que, realizando idéntico trabajo, a un profesor con título de doctor no se le abone el complemento por doctorado cuando presta servicios en virtud de contrato sustituto interino y sí se le abone cuando presta servicios en virtud de contrato laboral de las figuras anteriormente citadas.
Conscientes de que la sentencia dictada no hace justicia a los derechos del Profesorado Sustituto Interino de las Universidades Andaluzas, el SAT-US PDI ha interpuesto un recurso de casación al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y utiliza este comunicado para hacerlo saber a la plantilla.
Por una Universidad Pública para tod@s. A igual trabajo, iguales derechos.