El Rector de la Universidad de Sevilla continúa con su represión frente al derecho a la huelga
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado dos veces, a partir de sendas demandas de nuestro sindicato, a la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía y al Rector de nuestra Universidad, D. Miguel Ángel Castro Arroyo, por vulneración del derecho fundamental a la huelga del profesorado al imponer servicios mínimos del 100% durante periodos de exámenes. El TSJA caracterizó los servicios mínimos propuestos e impuestos por el Rector, en las huelgas por la #PromociónVíaAcreditación en el paso de profesorado ayudante doctor y contratado doctor interino a profesorado contratado doctor, como desproporcionados e injustificados.
A estos atropellos a nuestro derecho fundamental a la huelga se suma ahora la puesta en marcha, sin negociación con la representación de la plantilla y mediante resolución rectoral, de un sistema exprofeso para el control de la asistencia a nuestro trabajo específica y únicamente durante las jornadas de huelga. Se trata de una medida represiva claramente sancionadora frente a nuestro derecho fundamental a la huelga en defensa de la Universidad Pública y nuestras condiciones laborales y vitales. Recordamos que cuando ejercemos nuestro derecho a la huelga no estamos obligados/as a comunicárselo a nadie. Desde el PDI del SAT-US anunciamos que interpondremos otra demanda frente a este nuevo abuso.
Es especialmente significativo que el nuevo sistema de represión frente a la huelga se pusiera en marcha durante la Huelga General del pasado 8 de Marzo, Día Internacional de las Mujeres Trabajadoras, cuando cientos de miles de personas hicimos huelgas y salimos a las calles contra el machismo y por la igualdad, una magnífica oportunidad para alejarse de la línea patriarcal de este Equipo de Gobierno, que a veces dificulta la implantación de medidas para favorecer la conciliación de las vidas profesional y personal/familiar. Especial mención merece el que, en algunas ocasiones, parte de la dedicación docente de la persona que está de permiso por maternidad/paternidad no la cubra por completo el PDI interino contratado a tal efecto, recayendo en otro PDI del departamento o en la propia persona que está de permiso, lo que traslada una gran presión sobre esta última.
Más allá de la demanda que interpondremos en los tribunales, llamamos a todo el PDI de nuestra Universidad a comunicar al Rector, bien por una instancia a través del registro electrónico (https://sede.us.es/web/guest/registro) o presencial de nuestra Universidad, y/o por correo electrónico a rector@us.es, con un texto en la línea de este para mostrar nuestra disconformidad con la medida impuesta:
Estimado Rector,
Muchas gracias por el celo en conocer si fui o no a mi puesto de trabajo el pasado 8 de marzo, día de las mujeres trabajadoras. Me pregunto por qué solo es importante registrar mi asistencia en ese día, pues cuando no hay docencia en aula nunca se justifica mi presencia o no en el puesto de trabajo. Ese día había una huelga general por la igualdad de género. Dado que la legalidad me ampara en mi derecho fundamental a la huelga, sin necesidad de comunicárselo, su insistencia en controlar mi asistencia solo durante la huelga representa una actitud coercitiva de mi derecho a la huelga. Ya es hora de acabar con los abusos y el machismo en nuestra Universidad.
Un saludo