Saliendo del acoso
“Recuerdo hasta cómo entré… Ya estoy dentro de ese lugar de hostilidad en el que vive la víctima, sola e impotente ante los hechos.
Busqué ayuda fuera de la institución de la Universidad porque adentro no la encontré y participé en el acto de creación de la Plataforma Anti-Mobbing de la Universidad de Sevilla. Mi situación empeoró por ello al recordar de nuevo…; tenía miedo de que me pasara algo, mucho miedo. Aun así aproveché el apoyo que me ofrecieron estas personas para defenderme del acoso. Empecé a reconocer, gracias también al esfuerzo personal, los pequeños logros y algo dentro de mí fue creciendo, la fuerza para enfrentarme a la vida. Aunque sigo sufriendo, es menos. Y así, mediante la lucha y la denuncia pública pasé de victima a heroína.
Es curioso, siempre me he sentido mal por defenderme. Pero la lucha también nos enseña. Si no sabemos reconocer los logros de las luchas, aunque sean pequeños, y aprovechar la ayuda para fortalecernos, nunca ganaremos la guerra por muchas batallas que ganemos. Seguiremos siempre siendo víctimas fáciles para los grandes depredadores…”
Estas son las palabras de una compañera que sufrió acoso en la US y está recuperándose de los daños causados.
El acoso es una relación entre un agresor (y su grupo) contra una persona o víctima (previamente seleccionada) que se mantiene gracias a la complicidad y el silencio de quienes observan.
Cuando esta relación se da de manera repetitiva, intencional y desde una posición de desequilibrio se denomina acoso. Los efectos en la persona abarcan todos los ámbitos de vida, sus relaciones, su salud, etc. Salir de los efectos psicológicos que provoca el acoso es posible, pues el ser humano siempre puede reparar sus heridas, pero esto será más fácil si desde todos los ámbitos se apoya a la víctima y se señala al agresor. En este sentido, desde el SAT-US exigimos que la Universidad responda siempre de la manera más rápida posible, aportando plazos de actuación por escrito para que las/os denunciantes puedan continuar con su actividad laboral y el daño sea el menor posible. Si no se sufrirá por partida doble: por el daño padecido desde el acosador y los que lo amparan, y porque para esa persona se desvanecerá la ilusión por su trabajo y el derecho al mismo al no poder acudir al centro, aumentando su desequilibrio y desamparo, y empeorando su estado de salud.
Como dice Boris Cyrulnik:
“El día en que los discursos culturales dejen de seguir considerando a las víctimas como a cómplices del agresor o como a reos del destino, el sentimiento de haber sido magullado se volverá más leve. Cuando los profesionales se vuelvan menos incrédulos, menos guasones o menos proclives a la moralización, los heridos emprenderán sus procesos de reparación con una rapidez mucho mayor a la que se observa en la actualidad.” Cyrulnik, 2002, pag. 27 “los patitos feos”.
CONTRA EL ACOSO: TOLERANCIA CERO
¿Me dejan de forma continuada sin ocupación efectiva sin causa que lo justifique?
¿Me dictan habitualmente órdenes de imposible cumplimiento con los medios que me asignan?
¿Me encargan de forma continuada tareas inútiles o que no tienen valor productivo?
¿Toman contra mis acciones de represalia por haber planteado quejas, denuncias o demandas frente a la organización?
¿Me insultar o menosprecian repetidamente?
¿Me reprenden reiteradamente delante de otras personas?
¿Difunden rumores falsos sobre mi trabajo o sobre mi vida privada?
Estas son algunas conductas consideradas como acoso laboral en el Protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado (BOE 130, 1 de junio de 2011).
Desde la sección sindical del Sindicato Andaluz de Trabajadores/as vamos a seguir denunciando y luchando contra el acoso laboral o ‘mobbing’.
Si piensas que estás sufriendo acoso ponte en contacto con nosotros/as. Actuaremos con total discreción y te aconsejaremos sobre los pasos a dar desde el inicio. No te calles, denuncia el acoso.
«…dentro de los delitos de torturas y contra la integridad moral, se incrimina la conducta de acoso laboral, entendiendo por tal el hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial que humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad».
Reforma del Código Penal, a través de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre
¿Me dan información destinada a dar idas y venidas inútiles y que me causan cansancio físico y/o psicológico?
¿Me impiden el desarrollo habitual de mis clases o tutorías?
¿Se niegan a darme copias de documentos firmados por mí?
¿Me ocultan información?
¿Se escudan en el ‘error’ de forma continuada?
¿Me delimitan los medios materiales y la información necesarios para el desempeño de mi trabajo?
En Septiembre de 2011