El PDI laboral debe cobrar los sexenios y los quinquenios
El I Convenio Colectivo del PDI Laboral de las Universidades Andaluzas recoge en su artículo 48.2 que:
“La Comisión Paritaria analizará el proceso de evolución desde las figuras laborales a la de profesor titular de universidad y podrá proponer medidas salariales alternativas si dicho ritmo no es el adecuado”.
La promoción del profesorado laboral a funcionario ha sido prácticamente paralizada al imponer el gobierno central una tasa de reposición del 10%. Esta situación es insostenible, ya que además de coartar la carrera profesional de una gran parte del profesorado, perpetúa la diferencia salarial entre PDI laboral y funcionario sin permitir que se reconozcan plenamente al personal laboral todos sus méritos. El PDI laboral no tienen derecho a cobrar los complementos de docencia (quinquenio) e investigación (sexenio); derecho que sí está reconocido en otras comunidades autónomas.
En este contexto, desde el SAT-US exigimos que se reconozca el derecho a cobrar quinquenios y sexenios por parte del PDI laboral, méritos que ya se reconocen para fines curriculares. En este sentido nos dirigiremos en estos días a la Comisión Paritaria de seguimiento del Convenio Colectivo.