Una Mesa de Negociación para el PDI en la Universidad de Sevilla
La Constitución Española en sus artículos 37 y 129 garantiza el derecho a la negociación colectiva entre los representantes de los y las trabajadoras y empresarios, y obliga a los poderes públicos a promover diversas formas de participación en la empresa. Además, La Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) en su artículo 8.2 establece que las secciones sindicales de los sindicatos más representativos y de los que tengan representación en los comités de empresa y en los órganos de representación que se establezcan en las administraciones públicas tendrán derecho a la negociación colectiva. Específicamente, la autonomía universitaria comprende, entre otros aspectos, el establecimiento y modificación de sus plantillas y la selección, formación y promoción de su personal, así como la determinación de las condiciones en que han de desarrollar sus actividades. El Estatuto Básico del Empleado Público y el Real Decreto Legislativo 1/1995 por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores con sus modificaciones posteriores, así como la Ley 9/87, parcialmente modificada por la leyes 7/90 y 18/94, delimitan los ámbitos de negociación en las administraciones públicas. Esta legislación constituye un marco de referencia adecuado para promover la colaboración de las organizaciones sindicales en la determinación de las condiciones de trabajo del personal al servicio de las distintas administraciones, permitiendo y promoviendo la constitución de una mesa de negociación en el ámbito de cada Universidad que, respetando la distribución de competencias, pueda negociar las condiciones de trabajo de su personal. De hecho, la tendencia normativa a la equiparación entre las relaciones funcionariales y laborales en el Personal Docente e investigador (PDI) debe tener su reflejo en la implantación de un órgano que propicie la coordinación y convergencia de posiciones en materia laboral y, simultáneamente, posibilite un foro de negociación conjunto, legítimo y operativo, es decir, la Mesa de Negociación para el PDI de la Universidad de Sevilla. En este sentido de abrir la Mesa de Negociación del PDI se ha expresado unánimemente la Junta del PDI de nuestra Universidad, donde están representados los sindicatos CSIF, CCOO, UGT y SAT.
Este tipo de Mesa de Negociación debe estar compuesta paritariamente por representantes de la Universidad de Sevilla y representantes de las organizaciones sindicales que hayan obtenido el 10% o más de los representantes en el conjunto de los órganos de participación del PDI de nuestra Universidad (Comité de Empresa y la Junta de Personal), es decir, los sindicatos CCOO, CSIF, SAT y UGT. La representación sindical se repartiría según la presencia obtenida en los órganos de representación. Además, ambas partes, la Administración y la parte sindical, podrían incorporar asesores, sin derecho a voto, cuando lo considerasen procedente.
De hecho, tienen o han tenido mesas de negociación propias universidades como las de Zaragoza, Salamanca o Córdoba, entre otras. Incluso, en nuestra Universidad ha habido mesas de negociación, por ejemplo para el PAS funcionario, que han llegado a acuerdos positivos para el funcionamiento de la misma. Es más, recientemente un tribunal ha tumbado el aumento de dedicación docente por encima de 240 horas anuales en la Universidad de Granada al tratarse de una modificación de las condiciones de trabajo que no había sido negociada convenientemente con la representación de la plantilla, tratándose de un tema de mesa de negociación.
En la situación actual de cambios normativos frecuentes y modificación, a la baja, de las condiciones laborales, una Mesa de Negociación es una medida básica para garantizar la negociación colectiva en nuestra Universidad en cumplimiento de la ley, así como una muestra de respeto del Rector para con la comunidad universitaria a la que se debe.
El SAT-US ha presentado por escrito en registro una solicitud formal para abrir esta mesa de negociación.
¿Por qué se niega el Rector a abrir la Mesa de Negociación para el PDI de la Universidad de Sevilla?