Las prestaciones por baja por maternidad/paternidad están exentas del IRPF
Una sentencia del Tribunal Supremo ha determinado que las prestaciones públicas que perciben de la Seguridad Social las trabajadoras durante el periodo de baja maternal/paternal están exentas del IRPF, en contra del criterio seguido hasta el momento por la Agencia Tributaria. Esta sentencia abre la puerta a que todas aquellas personas que hayan sido madres o padres entre los años 2014 y 2017, ambos inclusive, puedan solicitar la devolución de la prestación por maternidad/paternidad. En principio, esta sentencia no se aplica a prestaciones percibidas con anterioridad a 2014, por haber prescrito los ejercicios fiscales. Para la reclamación de la devolución hay que presentar, en la Administración de Hacienda correspondiente, un escrito solicitando la rectificación de autoliquidación y devolución indebidos referidos al ejercicio fiscal en el que se percibió la prestación…